Se me presenta una inquietud al momento de anular una partida del Libro de caja. Les comento la situacion.
Cuando anulo una entrada en la FBCJ (Doc. ZK) esta anulación la cual esta enlazada con la partida creada en el deudor debería compensarse automáticamente con el documento de anulación que se genera (También ZK). El detalle esta en que un usuario al generar el proceso antes descrito, solo se genera el documento adverso y este no se compensa automáticamente. les anexo una vista de como queda la partida individual.
cuando anulo la partida desde el origen, es decir desde la FBCJ el documento que quiero anular se compensa automáticamente con esa anulación; no era necesario compensarlo luego por la F-32. (este documento afecta a un deudor)
Entiendo tu punto, pero de nuevo, no estoy seguro de que sea comportamiento estándar que se compensen automáticamente esos movimientos (el original, y la anulación).